La Pontificia Comisión para los Bienes Culturales de la Iglesia, en su Carta Circular dirigida a los Obispos diocesanos el 2 de febrero de 1997, titulada “La funzione pastorale degli archivi ecclesiastici”, nos explica que la documentación conservada en los archivos de la Iglesia católica es un patrimonio inmenso y precioso, cultiva la memoria de la vida de la Iglesia y manifiesta el sentido de la Tradición.

En consecuencia, los Archivos Parroquiales constituyen un valioso testimonio gráfico, que debe custodiarse y conservarse adecuadamente. En ellos se recoge la acción pastoral de la comunidad parroquial, permitiendo reconstruir las vicisitudes de la evangelización y de la vida cristiana.

Para poner al servicio de la sociedad ese acervo documental y cultural, de conformidad con el Artículo XV del Acuerdo sobre Enseñanza y Asuntos Culturales, entre el Estado español y la Santa Sede, de 3 de enero de 1979, se ha considerado conveniente digitalizar los fondos históricos de los Archivos Parroquiales de la Archidiócesis, ya que supone la apertura a una misión cultural e investigadora, a la vez que social y eclesial.

En el artículo cuarto de estas disposiciones firmadas y publicadas 3 de octubre de 2012 dice:

Cuarta.- El trabajo de digitalización se llevará a cabo, únicamente, por el Servicio Diocesano de Archivos Parroquiales (SDAP).

Xavier Serra Estellés, responsable del SDAP desde 28 de noviembre de 1994, como así consta la publicación del BO de la Diócesis.

 

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